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sábado, 12 de noviembre de 2022

Cumbre en Defensa de la Tauromaquia con representantes de Perú, México, Colombia, Venezuela, Ecuador y España.

 


El día de hoy se llevó a cabo una Cumbre en Defensa de la Tauromaquia con representantes de Perú, México, Colombia, Venezuela, Ecuador y España.

De manos de el Lic. Pablo Moreno, el día de hoy se celebró la Cumbre Americana en Defensa de la Tauromaquia, en la cual se expuso sobre el arraigo cultural de la Fiesta de los Toros en los países de América así como de las prácticas que lleva cada uno de los países para la defensa de la misma.

El evento se realizó en las instalaciones de la Asociación de Oficiales, Generales y Almirantes del Perú, donde se contó con los siguientes ponentes:     
- Pablo Gómez Debarbieri. Periodista. Perú.     
- José Luis Pérez. Presidente de la Asoc. Cultural Taurina del Perú.     
- Manuel Sescosse. Presidente de Tauromaquia Mexicana. México.(vía zoom).     
- Juan Carlos Gómez. Director General de Cormanizales. Colombia.     
- José Luis  Rodríguez. Rejoneador y Empresario. Venezuela.     
- Guillermo Albán. Matador de toros. Ecuador.     
- Victorino Martín. Ganadero. España (vía zoom).

Al final de la cumbre se tomó la fotografía oficial con todos los ponentes.

domingo, 1 de agosto de 2021

“LA DEFENSA DE LA FIESTA DESDE LA CULTURA Y LAS LEYES”

 

Sr. Jaime De Rivero en la Casa Iturry


Toros Cultura y Leyes desde la Constitución


“LA DEFENSA DE LA FIESTA DESDE LA CULTURA Y LAS LEYES”


30 de mayo 2012 se llevo a cavo una conferencia en el "Centro Taurino De Lima"en La Casa Iturry por el Sr. Jaime De Rivero, Abogado, periodista y investigador taurino quien pudo demonstrar un nuevo camino hacia la defensa de la "Fiesta Taurina" por medio de la Constitución, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DDHH) y los Derechos Culturales (Diversidad de Cultura y Ritos) todos amparados dentro de la ley.

El "Pacto de San Salvador" en su articulo 14 establece la obligación del gobierno a conservar, desarrollar y difundir la cultura de los pueblos.


DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Artículo 27

Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.


Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.


"Protocolo de San Salvador"

Artículo 14

Derecho a los Beneficios de la Cultura

1. Los Estados partes en el presente Protocolo reconocen el derecho de toda persona a:

a. participar en la vida cultural y artística de la comunidad;

b. gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico;

c. beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

2. Entre las medidas que los Estados partes en el presente Protocolo deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia, la cultura y el arte.

3. Los Estados partes en el presente Protocolo se comprometen a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora.

4. Los Estados partes en el presente Protocolo reconocen los beneficios que se derivan del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas, artísticas y culturales, y en este sentido se comprometen a propiciar una mayor cooperación internacional sobre la materia.

 Entre las medidas que los Estados partes en el presente Protocolo deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia, la cultura y el arte.


Resumen Jerez from Jorge Arancivia on Vimeo.